EL TRIUNFO.

El "Día del Triunfo" o "Triunfo de la Cruz", es una peculiar fiesta española, que en la mayoría de las diócesis se celebraba el día 16 de julio, en conmemoración de una de las más notables victorias de los tiempos pretéritos de nuestro país, cuando concretamente en 1212 (un lunes por cierto, 16 de julio), el ejercito cristiano, vence a los almohades en la conocida batalla de las Navas de Tolosa.
Dicha fiesta fue instituida por el Arzobispo Rodríguez Jiménez de Rada, el cual tomó parte activa en la batalla. A propósito del prodigio que se dijo causa del triunfo tan señalado por los cristianos, dice el historiador e ilustre bañezano D. Juan de Ferreras:
"Algunos dicen que al principio de la batalla se vio en el cielo una Cruz muy hermosa y resplandeciente, señal de la seguridad de la batalla".
De la misma forma, D. Juan de Ferreras también apunta lo siguiente:
"Así que avanzó el batallón del Rey con el Estandarte en que iban las Imágenes de Nuestro Redentor y de su Santísima Madre, empezó a descomponerse el cuerpo de la batalla de os almohades, que habían hecho ceder el terreno a los nuestros".
En ésta batalla, prestaron valiente concurso los bañezanos y así lo narran cronistas tan respetables como Silva, Haro o Mellado. Dicha actuación , por parte de éstos, fue sintetizada por Madoz, en su "Armas e Historia de la muy leal ciudad de La Bañeza", concurso que justificó el Rey victorioso en dicha batalla, D. Alfonso VIII, concediendo a la hasta entonces "Villa de Fuero Real", el título de "Muy Leal".
En cuanto a la Historia en general de los acontecimientos se refiere, queda todo muy limitado de una forma un tanto somera por lo ya expuesto y ciñéndonos a lo que respecta a la Cofradía, cabría reseñar que ya en el primer documento que la misma guarda celosamente, el libro de la "Santa Regla", así se dice en su capítulo 10:

Santa Regla. Capítulo 10.
 


"Y te ordenamos, que en cada un año para siempre jamás, en el día del Triunfo de la Cruz, que cae a diez y seis de julio, tengamos obligación de hacer la fiesta de ésta Santa Cofradía con Misa cantada, y asistentes, por la Ánimas de los Cofrades vivos y difuntos, y Ánimas del Purgatorio, con su  responso cantado, y se pague a los Señores Sacerdotes que asistieren de la hacienda de la Cofradía, si tuviere, y si no lo escotemos entre todos los Cofrades, a la cual asistamos siendo llamados por nuestro  Corredor, de que el Juez o Mayordomo tenga cuidado de avisarle pena que el Cofrade que faltare, y no fuere con la decencia que se debe, pague un cuarterón de cera, salvo si estuviere ausente o enfermo".



Unos años más tarde, concretamente en 1671, se añade a dicha norma, algunos de los primeros cambios acaecidos, introduciendo y añadiendo actos para mayor realce de los mismos, como muy bien se ve en el propio capítulo, en una anotación al final de la página:
 
"...vísperas solemnes el día antes y sermón en la Misa, pagando al predicador, el Juez de la Cofradía".


Añadido del año 1671.
 
  

El Transcurrir de los años, impuso un nuevo mandato con ordenanzas o reglas, adaptándolas a los tiempos más actuales, las cuales quedaron muy bien definidas y limitadas en las llamadas "Ordenanzas de 1813".

Pero a pesar de este nuevo cambio la "Fiesta del Triunfo de la Cruz" se vio nuevamente reflejado en las mismas, dándole la importancia que dicho paso del tiempo no logró denostar y así en la nueva ordenanza se puede apreciar como en su capítulo 7 se dice:
 
"... en cada un año se ha de hacer una Junta General con precisa asistencia de todos los dicho Hermanos, para que el día antes han de ser convocados y avisados por el Abogador en su persona o casa y la tal Junta será en casa del Mayordomo de dicha Cofradía, el Domingo inmediato a el Santo Ángel de la Guarda".
 
 
 
En la actualidad la Fiesta del Triunfo se desarrolla el primer lunes de Marzo, después del día del Ángel, que siempre es el 1 de dicho mes.
Es en éste punto donde queda reflejado el cambio de fecha en cuanto a la celebración se refiere, pero habría que resaltar el posible cambio de denominación de la misma como tal, pues en el mismo capítulo de las citadas Constituciones, se dice:
 
 "En este dicho día se hechará el ramo a el Juez y Mayordomo, quienes tienen el cargo de pagar el refresco".

Recorte del capítulo 7. Constituciones de Regla de 1813.
 
Quizás sea ésta denominación "del ramo" la que nos lleve a equívocos, en cuanto  a la celebración se refiere o la pregunta más bien sería si ambas fiestas -la del Ramo o la del Triunfo- son las mismas, pues ambas han tenido su importancia a lo largo de la historia de la Cofradía como muy bien se refleja en ambas normas internas de obligado cumplimiento.
Nuestro punto de vista es que ambas son la misma fiesta ya que hasta no hace muchos años, en dicha ceremonia, el cambio de Juez se representaba con la entrega de un simbólico ramo, que el Juez saliente entregaba al entrante, dando de ésta forma legitimidad y continuidad al mandato que ya se estableció en la Regla de 1667, cuando se decía:
 
"...en cada un año, por siempre jamás".
 
El transcurrir de los años impuso sus nuevas reglas, adaptándolas nuevamente a los tiempos, como ya aconteció con anterioridad y así sucede en 1974, donde se redactan las futuras, pero con el mismo espíritu de continuidad de nuestros ancestros. Y es aquí donde se recoge en su primer punto denominado "Actos religiosos, que celebra ésta Cofradía", apartado primero y titulado "Misa del Triunfo", lo siguiente:
 
"El lunes siguiente al día primero de marzo, se celebrará según tradición, Misa solemne, con responso, que se denomina del Triunfo, aplicando dicha Misa y responso por las almas de los Hermanos o Cofrades difuntos de la Cofradía".

Hoy en día la celebración del Día del Triunfo, se viene celebrando en la Capilla que la Hermandad posee en propiedad, sin empañar ni desmerecer el paso de los años, quedando la misma instituida como Fiesta Mayor de la Cofradía.
La Eucaristía se sigue celebrando de forma solemne y es aplicada por los Hermanos fallecidos, además del responso que al término de la misma se continúa aplicando por su eterno descanso.
En la mencionada Eucaristía tiene lugar también la entrada del nuevo Mayordomo, el cual al cabo de tres años pasará a ser nombrado Juez de la Hermandad, dando de ésta forma continuidad al mandato de la Santa Regla, la cual en su capítulo 12 dice:
 
"Y te ordenamos, que en cada un año para siempre jamás, el día del Ángel de la Guarda, se junten en Cabildo de Diputados nuestro Juez y Oficiales y vean que personas hay en ésta Cofradía de buena conciencia y consejo para que en ellos se haga el nombramiento del Juez, Mayordomo y demás Oficiales que fueren necesarios para el gobierno y servicio de ésta dicha Cofradía...".
 

Santa Regla. Capítulo 12.
Santa Regla. Capítulo 12.















En la actualidad el anteriormente mencionado ramo, que sintetiza la entrada del nuevo Juez, se ha sustituido con la entrega de otros símbolos como son:
.- Las llaves, que simbolizan la potestad.
.- Los cordones, que representan el vínculo al servicio de la Cofradía.
.- El Cetro, que manifiesta el poder y la autoridad que el Juez ostenta durante el año de su mandato o judicatura.
Es cierto que éste emocionante acto tiene lugar en otro momento no menos importante, concretamente el Día de Acción de Gracias, poniendo de manifiesto nuevamente la perpetua adaptación a los nuevos tiempos que la Cofradía realiza y todo ello contando con la colaboración, siempre inestimable de las Hermanas y Hermanos de la misma, los cuales son el más importante baluarte que ésta posee.






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